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Este
Departamento está encargado de regular la adquisición, posesión, inscripción,
portación, venta de armas de fuego en poder de personas físicas o jurídicas.
Es el ente encargado de regular los
requisitos que se encuentran estipulados en la Ley y sus reglamentos para que los habitantes
puedan portar o poseer armas de fuego.
Corresponde a este Departamento, el control
sobre todas las armas permitidas (tanto para el comercio como para el uso
civil) que se encuentran sobre el territorio nacional, asimismo la vigilancia
y control de la fabricación de las mismas y de explosivos (o sus
componentes), por lo que se le faculta para ejercer una serie de acciones
policiales que le permitan el acceso para ejercer este objeto, asimismo para
el ejercicio de esta función el Departamento cuenta con armas y municiones
debidamente asignadas por la Dirección General de Armamento; todo lo
anterior en un marco de estricto apego a los principios de disciplina,
cortesía, lealtad absoluta al estado y sus autoridades, así como el orden.
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