|
|
Direcciones
de Fuerza Pública
|
|
La Fuerza Pública
está conformada por las siguientes
direcciones.
|
|
|
|
Región de Acordeón
|
|
Dirección de
Operaciones
|
|
La Dirección de Operaciones dependerá de la Dirección General de
la Fuerza Pública y cumplirá las siguientes funciones:
Planificar, coordinar,
supervisar y participar en los diversos operativos policiales
ordinarios y extraordinarios para el mantenimiento de la seguridad
nacional, de los habitantes, sus bienes, sus derechos y libertades
fundamentales, el orden público y la prevención del delito, velando por
el estricto cumplimiento de la normativa vigente y de las políticas,
directrices y lineamientos emanadas por la Dirección General de la
Fuerza Pública.
Brindar soporte
operacional y técnico a las Direcciones Regionales y unidades
policiales.
Proveer información a
la Dirección General de la Fuerza Pública sobre situaciones operativas.
Mantener actualizadas
las necesidades de seguridad de las diferentes unidades policiales del
país.
Recopilar y analizar
información obtenida de diferentes fuentes, con la finalidad de
producir y suministrar a las entidades que corresponda, de modo
permanente, inteligencia policial oportuna, confiable y útil para la
adopción de medidas tácticas y estratégicas en materia de seguridad de
los habitantes y de resguardo del orden público mediante la confección
de orden de operaciones.
Identificar
necesidades de capacitación y gestionar con las instancias pertinentes
las actividades de capacitación para el personal policial y
administrativo.
Colaborar con la
Oficina de Planificación Institucional en la elaboración de
diagnósticos, estudios e investigaciones, operacionales o técnicos para
crear, fortalecer, modificar, reubicar o suprimir unidades,
delegaciones u otro tipo de dependencia policial.
Asegurar que los
recursos requeridos en situaciones operativas se suministren de manera
pronta, eficaz, oportuna y adecuada.
Realizar las acciones
pertinentes con la finalidad de actualizar los sistemas de
radio-comunicación, de acuerdo con las necesidades de las diferentes
instancias del Ministerio, aplicando criterios de racionalidad.
Administrar las redes
de comunicación del Ministerio en los diferentes segmentos del espectro
radioeléctrico (VHF, UHF, HF), y la banda celular, así como la
interconexión de frecuencias externas, públicas o privadas, de interés
policial.
Aquellas otras propias
de su competencia.
|
|
|
Dirección de Unidades Especializadas
|
|
La Dirección de Unidades Especializadas tendrá las siguientes
funciones:
Intervenir en acciones
policiales que requieren de conocimientos especializados de acuerdo con
la naturaleza de cada unidad policial a su cargo.
Velar por el
cumplimiento de los acuerdos establecidos en la Convención Sobre la
Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de
Minas Antipersonales y sobre su destrucción y de otras normas conexas.
Brindar protección al
personal, público visitante e instalaciones y controlar el ingreso y
salida de bienes y objetos, así como el uso y la aportación de armas
dentro de este Ministerio.
Ejecutar acciones
policiales en cumplimiento de la normativa concerniente a armas y
explosivos, en coordinación con la Dirección General de Armamento.
Fortalecer el accionar
de las dependencias adscritas a esta Dirección en términos técnicos, materiales
y de capacitación.
Realizar acciones de
vigilancia y protección a miembros de los Supremos Poderes de la
República, ex presidentes, sus viudas y ex primeras damas, dignatarios,
sedes diplomáticas y otros funcionarios del Estado, cuando las circunstancias
lo justifique.
Aquellas otras que se
deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.
La Dirección de Unidades Especializadas está formada por:
Unidad Especial de Apoyo
Unidad de Intervención
Policía
Unidad Canina
Unidad de la Policía
Montada
Unidad Especializada de
Seguridad y Protección
Unidad de Operaciones en
Armas y Explosivos y Seguridad Privada
|
|
Dirección Policial de Apoyo Legal
|
|
La Dirección Policial de Apoyo Legal es una dependencia más de la
Dirección General de la Fuerza Pública. Se compondrá de la Dirección, la
Subdirección y una delegación en cada región programática policial.
Esta Dirección cumplirá las funciones de asesoramiento legal y
policial que establece la Ley General de Policía y sus Reformas, así como
cualquier otra que se derive de nuestro ordenamiento jurídico, de
conformidad con su competencia.
Dentro de sus funciones están:
Brindar apoyo y
asesoramiento legal y policial a la Dirección General de la Fuerza
Pública.
Brindar apoyo legal
policial a todos los integrantes de las unidades policiales que componen
la Fuerza Pública.
Emitir criterios
técnicos jurídicos relativos a las actuaciones policiales, cuando sean
requeridos o las circunstancias lo ameriten.
Brindar apoyo legal policial
en los operativos de rutina y en todos los que planifique el Departamento
de Planes y Operaciones cuando así lo requieran.
Emitir las
recomendaciones necesarias que aseguren el ejercicio de las garantías constitucionales
y el mantenimiento del orden público y la paz social, cuando así lo
soliciten las unidades policiales por medio de la Dirección General de la
Fuerza Pública.
Emitir dictámenes
vinculantes, opiniones consultivas, resoluciones y cualquier otro
criterio legal aplicable a la materia y al área policial.
Otorgar el apoyo legal
oportuno y razonable, en las causas judiciales incoadas contra los
funcionarios policiales, y darles el seguimiento necesario a las resultas
del proceso penal.
Asesorar en la
tramitación de los recursos de hábeas corpus y de amparo, incoados contra
los funcionarios policiales.
Otorgar la capacitación
legal y técnica necesaria o requerida por los oficiales policiales.
|
|
Direcciones Regionales
|
|
Ver
directorio
Cada Dirección Regional dependerá de la Dirección General de la
Fuerza Pública y su número y ubicación estarán determinados por las
necesidades del servicio policial. Sin perjuicio de las funciones
establecidas para la Fuerza Pública, cada Dirección Regional de la Fuerza
Pública cumplirá con las siguientes funciones:
Realizar acciones para
promover intensamente la prevención y represión del delito.
Planear y ejecutar
estrategias y operativos preventivos ordinarios y de reacción, según las
necesidades regionales, con el propósito de mantener el orden público y
la seguridad de los (las) habitantes, sus bienes y el respeto de sus
derechos y libertades fundamentales.
Brindar vigilancia y
protección física por medio de puestos fijos, a las sedes diplomáticas, expresidentes, viudas de expresidentes,
exprimeras damas, residencias de embajadores y dignatarios
acreditados en Costa Rica, y otros (as) funcionarios (as) del Estado que
lo requieran por razones judiciales o de otra índole.Proteger
objetivos especiales por decisión del (de la) Ministro (a) de Seguridad
Pública.
Coordinar dispositivos
de seguridad en eventos organizados en donde haya presencia de
representantes diplomáticos o personalidades importantes, a solicitud de
la Sede Diplomática.
Implementar los
protocolos de actuación definidos de acuerdo con las disposiciones
operativas de la Dirección de Operaciones y de la Dirección de Unidades
Especializadas.
Velar por el
cumplimiento de la normativa ambiental, ejerciendo labores de vigilancia,
protección y conservación del ambiente y denunciando, ante los órganos
administrativos y judiciales competentes, aquellos actos y omisiones que
contravengan esa normativa.
Participar en los
procesos de capacitación relacionados con la normativa y educación
ambiental, que posibiliten ejercer mejor control, vigilancia, protección
y conservación del ambiente.
Coordinar con el (la)
Oficial Regional Administrativo (a) las acciones administrativas y de
soporte operacional de la Región.
Apoyar a la Dirección de
Servicios de Seguridad Privados en la labor de verificación y control de
las personas físicas y jurídicas dedicadas a prestar este servicio al
amparo de la Ley de Servicios de Seguridad Privados.
Ejercer la
representación de la Fuerza Pública, en su Región, cuando así sea
necesario.
Aquellas otras que se
deriven de nuestro ordenamiento jurídico de conformidad con su
competencia.
|
|
Dirección de Seguridad Turística
|
|
La Dirección de Seguridad Turística dependerá de la Dirección
General de la Fuerza Pública, y es la responsable de establecer las estrategias
operativas y dar seguimiento a las establecidas por la institución,
además de velar por el cumplimiento de la normativa institucional, con la
finalidad de brindar una respuesta efectiva y oportuna a la demanda de
seguridad por parte de la ciudadanía, específicamente a la población
turística.
La Dirección de Seguridad Turística, sin perjuicio de las
funciones asignadas para la Fuerza Pública, cumplirá las siguientes
funciones:
Formular y ejecutar
planes estratégicos y operativos, que permitan mejorar el accionar de la
seguridad turística.
Realizar operativos
especiales propios o en coordinación con la Dirección de Operaciones y
otras dependencias.
Intervenir en acciones
policiales que requieran la atención de problemas de seguridad turística.
Establecer acciones
preventivas orientadas a dar seguridad al turista.
Promover alianzas
estratégicas con instancias públicas y privadas, relacionadas con el
sector turismo, para obtener insumos necesarios que mejoren el servicio
que brinda la Dirección de Seguridad Turística.
Colaborar con
autoridades judiciales en la represión de los hechos delictivos
originados de la actividad turística.
Coordinar con la Escuela
Nacional de Policía el Programa de Especialización Policial en materia de
seguridad turística.
Velar por el
cumplimiento de los acuerdos nacionales e internacionales que se
establezcan en materia de seguridad turística.
Mantener acciones
permanentes de divulgación dirigidas a los habitantes sobre la
importancia de la protección y la seguridad turística.
Participar en reuniones
del Comité de Seguridad Turística coordinado por la Cámara Nacional de
Turismo.
Aquellas otras que se
deriven de nuestro ordenamiento jurídico de conformidad con su
competencia.
La Dirección de Seguridad Turística estará conformada por los
siguientes Departamentos:
Departamentos Operativo
Turístico
Departamentos de Gestión
Turística.
|
|
Dirección de Programas Policiales Preventivos
|
|
La Dirección de Programas Policiales Preventivos tendrá las
siguientes funciones:
Realizar operativos
preventivos en coordinación con la Dirección General de la Fuerza Pública
para prevenir la comisión de actos delictivos.
Proponer y
operacionalizar lineamientos que refuercen la acción preventiva de la
Fuerza Pública, fortaleciendo las relaciones entre ésta y las
comunidades.
Brindar asesoría y
capacitación en materia de prevención comunitaria a la Fuerza Pública
para fortalecer la Estrategia de Policía Comunitaria.
Promover el trabajo conjunto
entre la Fuerza Pública, las organizaciones comunales, empresariales e
instituciones públicas y privadas para la prevención del delito, de la
violencia intrafamiliar y el consumo de drogas.
Promover convenios,
comisiones interinstitucionales, acuerdos de cooperación suscritos por el
Ministerio de Seguridad Pública con organismos y entidades nacionales e
internacionales para fortalecer los procesos de prevención comunitaria.
Coordinar, supervisar y
asesorar a las Direcciones Regionales de la Fuerza Pública sobre la
ejecución de acciones en materia de prevención comunitaria.
Desarrollar estudios en
materia de prevención comunitaria para fortalecer los procesos de trabajo
de la Dirección y de la Fuerza Pública.
Realizar actividades de
información y capacitación sobre temas de prevención comunitaria en
coordinación con instituciones públicas o privadas.
Capacitar en materia de
prevención comunitaria y modelos de trabajo policial que involucren la
participación ciudadana, en los cursos que brinda la Escuela Nacional de
Policial.
Documentar las
actividades desarrolladas por la Dirección de Programas Policiales
Preventivos, la Fuerza Pública y las comunidades en relación con la
prevención comunitaria.
Asesorar a las
Direcciones Regionales de la Fuerza Pública en el proceso de selección de
los (las) policías que implementan los programas preventivos en el país.
Aquellas otras propias
de su competencia.
La Dirección de Programas Policiales Preventivos estará conformada
por los siguientes Departamentos:
Departamento de
Prevención Comunitaria.
Departamento de
Investigación y Desarrollo.
|
|
|
|
|
|