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Funciones

 

La Dirección General de la Fuerza Pública depende del (de la) Ministro (a) y tendrá las siguientes funciones:

 

Dirigir, coordinar y supervisar las acciones de las direcciones a cargo en armonía con las directrices que dicte el (la) Ministro (a).

 

Emitir lineamientos en materia administrativa y financiera a las instancias operativas bajo su cargo y velar por su adecuado cumplimiento y eficiente ejecución.

 

Coordinar directamente aspectos operacionales con los (las) jefes (as) de diferentes cuerpos de policía de otras entidades, incluyendo a la Policía Penitenciaria, Policía Municipal, Policía Fiscal, Policía Especial de Migración; así como con el Ministerio Público, Organismo de Investigación Judicial, entes de Seguridad Bancaria y otros organismos públicos y privados.

 

Liderar y propiciar, para que se ponga en práctica una vez al año, en esa Dirección y en las direcciones, departamentos y unidades bajo su responsabilidad, los procesos de auto evaluación de control interno y valoración de riesgos, según lo establece la Ley General de Control Interno.

 

Realizar las demás funciones, potestades y competencias que le demarque el ordenamiento; así como acatar las disposiciones del (de la) Ministro (a).

 

El Director (a) General de la Fuerza Pública resolverá los conflictos entre las direcciones bajo su jerarquía. De igual forma procederá cuando el conflicto se dé entre un (una) Director (a) Regional y un (una) encargado (a) de alguna dependencia de la Dirección de Unidades Especializadas.

 

La Fuerza Pública está conformada por la Dirección de Operaciones, la Dirección de Unidades Especializadas, Dirección de Apoyo Legal, 12 Direcciones Regionales, Dirección de Seguridad Turística y Dirección de Programas Policiales Preventivos. También cuenta con una Vicaría Episcopal,  la Inspección General y la Reserva de policías.

 

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