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Ministerio de Seguridad Publica

Dirección de Unidades Especializadas

La Dirección de Unidades Especializadas depende de la Dirección General de la Fuerza Pública y tiene las siguientes funciones:

1)    Intervenir en acciones policiales que requieren de conocimientos especializados de acuerdo con la naturaleza de cada unidad policial a su cargo.

 

2)    Velar por el cumplimiento de los acuerdos establecidos en la Convención Sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonales y sobre su destrucción y de otras normas conexas.

 

3)    Brindar protección al personal, público visitante e instalaciones y controlar el ingreso y salida de bienes y objetos, así como el uso y la aportación de armas dentro de este Ministerio.

 

4)    Ejecutar acciones policiales en cumplimiento de la normativa concerniente a armas y explosivos, en coordinación con la Dirección General de Armamento.

 

5)    Fortalecer el accionar de las dependencias adscritas a esta Dirección en términos técnicos, materiales y de capacitación.

 

6)    Realizar acciones de vigilancia y protección a miembros de los Supremos Poderes de la República, Expresidentes, sus viudas y ex primeras damas, dignatarios, sedes diplomáticas y otros funcionarios del Estado, cuando las circunstancias lo justifique.

 

7)    Aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico de conformidad con su competencia.

 

Esta Dirección está conformada por las siguientes unidades:

 

1)    Unidad Especial de Apoyo.

 

2)    Unidad de Intervención Policial.

 

3)    Unidad Canina.

 

4)    Unidad de Operaciones en Armas y Explosivos y Seguridad Privada.

 

5)    Unidad Especializada de Seguridad y Protección.

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