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Ministerio de Seguridad Publica

Misión, Visión y Funciones

003_OPERATIVAMisión

La Unidad de Intervención Policial es la unidad especializada del Ministerio de Seguridad Pública cuya responsabilidad es el control, mantenimiento, y restablecimiento del orden público en manifestaciones y espectáculos públicos, coadyuvando con las unidades regulares de la Fuerza Pública y el Poder Judicial en desalojos administrativos o judiciales, allanamientos, desastres naturales o antrópicos programas de erradicación de drogas, protección de fronteras y toda otra función que le asignen el Director de la Fuerza Pública, el Director de Unidades Especializadas o el Ministro del ramo, respetando en todos sus extremos el ordenamiento jurídico, fusionando el quehacer policial con el respeto a los derechos humanos.

Visión

Una Unidad de Intervención Policial, conformada por policías profesionales que tiendan a la protección de los derechos fundamentales que puedan ser afectados con las actuaciones policiales y que garanticen que los procedimientos estén siempre sujetos a derecho, previniendo así todo acto tendiente a la consumación de delitos y alteraciones del Orden Público, respetando los derechos humanos y todas aquellas normas que conforman el ordenamiento jurídico

Funciones

La Unidad de Intervención Policial como unidad especializada de la Fuerza Pública, realiza las siguientes funciones:

1)     Controlar, mantener y restablecer el orden público y la seguridad en concentraciones de habitantes, reuniones en lugares de tránsito, manifestaciones y espectáculos públicos, cuando así sea requerido.

 

2)     Coadyuvar con las demás unidades de la Fuerza Pública en desalojos administrativos o judiciales, mantenimiento de los límites fronterizos o en desastres naturales o de origen antrópico.

 

3)     Colaborar con los órganos encargados del control, prevención y erradicación de drogas, así como participar en operaciones calificadas, autorizadas por la Dirección.

 

4)     Brindar colaboración operativa a los diferentes cuerpos de policía que conforman la Fuerza Pública.

 

5)     Realizar acciones operativas para proteger la integridad física del (de la) Presidente (a) de la República y sus colaboradores o cualquier otro funcionario diplomático que así lo requiera, nacional o internacional.

 

6)     Colaborar con la Escuela Nacional de Policía en la capacitación de funcionarios policiales en materia su competencia.

 

7)     Aquellas otras que se deriven del ordenamiento jurídico, de conformidad con su competencia.

 

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