Misión, Visión y Funciones
Misión
La Unidad de Intervención Policial es la unidad especializada del
Ministerio de Seguridad Pública cuya responsabilidad es el control,
mantenimiento, y restablecimiento del orden público en manifestaciones y espectáculos
públicos, coadyuvando con las unidades regulares de la Fuerza Pública y el
Poder Judicial en desalojos administrativos o judiciales, allanamientos,
desastres naturales o antrópicos programas de erradicación de drogas,
protección de fronteras y toda otra función que le asignen el Director de la
Fuerza Pública, el Director de Unidades Especializadas o el Ministro del ramo,
respetando en todos sus extremos el ordenamiento jurídico, fusionando el
quehacer policial con el respeto a los derechos humanos.
Visión
Una Unidad de Intervención Policial, conformada por policías profesionales
que tiendan a la protección de los derechos fundamentales que puedan ser
afectados con las actuaciones policiales y que garanticen que los
procedimientos estén siempre sujetos a derecho, previniendo así todo acto
tendiente a la consumación de delitos y alteraciones del Orden Público,
respetando los derechos humanos y todas aquellas normas que conforman el
ordenamiento jurídico
Funciones
La Unidad de Intervención
Policial como unidad especializada de la Fuerza Pública, realiza las siguientes
funciones:
1)
Controlar,
mantener y restablecer el orden público y la seguridad en concentraciones de
habitantes, reuniones en lugares de tránsito, manifestaciones y espectáculos
públicos, cuando así sea requerido.
2)
Coadyuvar
con las demás unidades de la Fuerza Pública en desalojos administrativos o
judiciales, mantenimiento de los límites fronterizos o en desastres naturales o
de origen antrópico.
3)
Colaborar
con los órganos encargados del control, prevención y erradicación de drogas,
así como participar en operaciones calificadas, autorizadas por la Dirección.
4)
Brindar
colaboración operativa a los diferentes cuerpos de policía que conforman la
Fuerza Pública.
5)
Realizar
acciones operativas para proteger la integridad física del (de la) Presidente
(a) de la República y sus colaboradores o cualquier otro funcionario
diplomático que así lo requiera, nacional o internacional.
6)
Colaborar
con la Escuela Nacional de Policía en la capacitación de funcionarios
policiales en materia su competencia.
7)
Aquellas
otras que se deriven del ordenamiento jurídico, de conformidad con su
competencia.