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Ministerio de Seguridad Publica

Oficina de Igualdad y Equidad de Género

 

Ubicación Organizacional

 

La Oficina de Igualdad y Equidad de Género, como órgano asesor y fiscalizador en materia de género, está adscrita y supeditada sólo al Despacho del (de la) Ministro (a) por lo que está facultada para incidir en la toma de decisiones en materia de género, en especial respecto a la planificación institucional y a la definición de mecanismos internos de igualdad de oportunidades para las y los funcionarios tanto administrativos como policiales. Tiene carácter permanente y funciones propias. Su ámbito de acción es transversal en todo el accionar del Ministerio.

 

Marco Jurídico

 

Se regirá por las disposiciones contenidas en la Constitución Política de Costa Rica, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, Declaración y plataforma de acción de Beijing, Ley contra el Hostigamiento sexual en el empleo y la docencia., Ley contra la Violencia Doméstica, Ley de Paternidad Responsable, Ley de la Penalización de la violencia contra la mujer, Ley de pensiones alimentarias, Reforma al Código de Trabajo, Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer «Convención de Belem do Pará», Ley General de Policía, Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, Reglamento de Organización del Ministerio de Seguridad Pública.

 

Organización y Recurso Humano

 

La Oficina de Igualdad y Equidad de Género tendrá el personal de apoyo necesario para el desarrollo de sus labores y deberá contar con la asignación de los recursos necesarios para operar y cumplir de manera eficiente con aquellas funciones que le han sido encomendadas, para tal fin estará conformada por un equipo interdisciplinario, el cual constará de al menos cuatro funcionarios, donde se conjuguen conocimientos en Derecho, Psicología, Sociología y Trabajo Social.

Funciones:

 

1.    Actualizar la política integral que homogenice la perspectiva de igualdad y equidad de género en el MSP promoviendo y desarrollando las medidas de carácter administrativo, normativo, procedimental y operativo necesarias, con el fin de garantizar la integración y la aplicación de esta política en los diferentes ámbitos del Ministerio de Seguridad Pública, para lo cual podrá solicitar informes, realizar consultas e indagaciones, según se estime pertinente, en todas y cada una de las dependencias del Ministerio, contando para ello con la obligada colaboración de todo el personal del mismo.

 

2.    Velar por que se incorpore una visión de igualdad y equidad en las políticas y procedimientos establecidos por la institución, para el otorgamiento de ascensos a los funcionarios y funcionarias tanto del Área Administrativa como Operativa de la Institución, incluyendo el otorgamiento de grados policiales, en coordinación con las instituciones públicas, las instancias estatales que desarrollan programas para las mujeres y las organizaciones sociales para la igualdad de derechos y oportunidades.

 

3.    Velar por la aplicación de los compromisos adquiridos por la Institución mediante la ratificación de Convenios Internacionales y en cuanto a las políticas nacionales de igualdad y equidad de género, en coordinación con el INAMU y la Defensoría de los Habitantes, para lo cual podrá solicitar la información que considere necesaria ante las diversas instancias del Ministerio de Seguridad Pública.

 

4.    Garantizar la asesoría técnica y jurídica en la atención de consultas y denuncias interpuestas tanto en la Oficina de Igualdad y Equidad de Género, como en cualquier otra instancia institucional que tenga competencia para recibirlas, que versen sobre situaciones de discriminación que enfrentan los y las funcionarias de la institución por razones de género, canalizarlas hacia las instancias competentes y darles el respectivo seguimiento y vigilancia.

 

5.    Conocer y recomendar al Ministro (a) las propuestas de creación de modificaciones a leyes y reglamentos así como otras tareas asignadas por el Jerarca.

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