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Desalojos administrativos

 

Requisitos para desahucios administrativos:

 

Solicitud escrita indicando:

 

Dirección exacta de la propiedad y nombre del dueño

 

Fecha exacta o aproximada de la invasión, si hubo, 305 Código Civil

 

Establecer muy claramente la razón por la que ingresó el demandado a la propiedad: tolerancia, relación laboral, invasión, hospedaje, préstamo, bien turístico (art. 7 Ley de Arrendamientos Urbanos y 455 del Código Procesal Civil). O los alquileres mencionados en el art. 74 de dicha ley.

 

Dirección o preferiblemente número de fax para recibir notificaciones.

 

Número de teléfono, si tiene. Muy Importante.

 

Si se trata de una invasión que se produjo hace unas horas, menos de una semana o se está produciendo en el momento, acudir directamente a la policía más cercana con la prueba de su propiedad o posesión y solicitar el desalojo rápido por invasión en curso.

 

Adjuntar pruebas.

 

Prueba del derecho de propiedad o posesión.

 

Poderes (si actúa a nombre de otro)

 

Personerías (si es representante de una persona jurídica)

 

Preferible no aportar copias de expedientes de litis judiciales, en su defecto aportar la sentencia respectiva o una certificación, notarial de que le juicio existe.

 

Toda otra prueba pertinente.

 

No aportar documentos engomados.

 

Los documentos se presentan en el edificio central del Ministerio de Seguridad Pública.

 

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